Asesoría Letrada
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Gustavo Vendramin /Abogado
Asesor Letrado
02625 - 422661/62 Int. 126

La Asesoría Letrada es el Organo Municipal, que realiza la defensa de los intereses departamentales ante los Tribunales Judiciales.-

Procede al tratamiento de Expedientes Administrativos Municipales, iniciados como consecuencia de hechos, actos o circunstancias que deben ponerse en conocimiento de algunas de las Areas dependientes del Municipio, de ello surge el

a) Dictámen: que es aquella actuación  que realiza el Area de Asesoría Letrada, debidamente fundada en derecho, en un expediente administrativo, para que el Area jerárquicamente superior tenga los elementos necesarios para emitir el acto administrativo ( decreto o resolución municipal) que ponga fin a la tramitación del expediente en cuestión.-

b) Aconseje: es aquella resolución o proveído de mero trámite que emite el Area de Asesoría Letrada en un expediente administrativo, para que este continúe con sus normal tramitación en las áreas respectivas.-

c) Convenios: le compete a Asesoría letrada la  revisión y encuadre legal de todos los convenios que deban ser firmados por el Departamento Ejecutivo, los cuales  algunos son preparados por las distintas Areas del Municipio y en algunas oportunidades debe redactar los mismos.-

d) Sanciones al personal: la intervención de la Asesoría Letrada en este asunto resulta de fundamental importancia, pues ante la verificación del comportamiento inadecuado y/o faltas a la disciplina y respeto a las jerarquías; es indispensable que los mismos sean encuadrados en derecho y tipificada la gravedad de la falta  con la sanción a aplicar, para la cual también se deberán tener en cuenta los antecedentes  y la reiteración de hechos similares.-

e) Infracciones de contribuyentes: en esta cuestión también resulta vital para la decisión a tomar, la intervención de la Asesoría Letrada, pues  antes de aplicar una multa o disponer una clausura, deberán encuadrarse en derecho todas las actuaciones  y fundamentalmente deberá comprobarse fehacientemente que el supuesto infractor haya ejercido su derecho a la defensa.-

Le compete además:

Confección de Demandas de Microemprendimientos vencidos  y sus correspondientes notificaciones.-

Confección trimestral de la Ley de Responsabilidad Fiscal según el Acuerdo Nº 3949/05 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia.-

La ejecución de los Sumarios Administrativos y las respectivas audiencias con las partes.-

Atención y  asesoramiento a funcionarios, empleados y público,  en forma permanente .-